jueves, 2 de mayo de 2019

¿Qué Conceptos Jurídicos Guiaban a los Germanos?


¿Qué Conceptos Jurídicos Guiaban a los Germanos?

El pueblo godo a lo largo de su historia buscó una patria en la que prosperar en paz y armonía. Los godos cuando sus vecinos se lo permitieron vivieron en paz, como granjeros, pero si les imponían la paz indigna por la fuerza, no lo toleraban por mucho tiempo. Se ha contrapuesto el derecho romano al derecho germánico. Eminentes especialistas en derecho romano han menoscabado el valor del derecho germánico y del visigodo en particular. Nuestra postura no puede ni debe ser parcial, pues en nuestro ánimo está la restauración de la nación goda. En nuestra reflexión seguimos las acertadas palabras de Tácito, el escritor romano al que debemos mucho de lo que sabemos de los germanos en los primeros siglos de esta era. Tácito vio en los germanos los valores que antaño poseían los romanos; la vida sencilla en el bosque que engendra virtud frente a la vida decadente de la ciudad. La crítica de Tácito a sus compatriotas no debe oscurecer la grandeza de Roma. Tácito deseaba un Imperio inmortal y para ello los romanos deberían regenerarse, recuperar la vitalidad, la ambición y la valentía que veía en los germanos.

Los romanos poseían una visión jurídica que iluminaba casi todos los actos de la vida. En el fondo, romanos y germanos tenían el derecho adecuado a sus sociedades, por lo que contraponerlos, ensalzando a uno de ellos en detrimento del otro, es no comprender la finalidad del derecho: ordenar los actos de la vida conjugando el respeto a la Tradición y el desarrollo material y moral de la sociedad. Los romanos construyeron un gran Imperio que dominó infinidad de pueblos en tres continentes, regido por un corpus jurídico que a día de hoy sigue inspirando a los juristas. Los pueblos germánicos conquistaron Roma, expandiendo sus valores morales y tradiciones por todo el planeta. Hoy en día, observamos en el derecho y las costumbres actuales de Occidente la decadencia y vicio que Tácito observó entre sus contemporáneos. Necesitamos beber de las fuentes de la Tradición jurídica, tanto romana como germánica para recuperar el esplendor de la cultura europea; para que volvamos a construir imperios en los que la ciencia, el arte, la justicia y la ética brillen como en los tiempos de nuestros ancestros. Lo que hoy en día se llama ley, no son más que caprichos de ingenieros sociales, de aprendices de brujos de la ciencia jurídica, en lugar de los jurisconsultos que en el pasado iluminaron el pensamiento jurídico europeo. No se pueden crear leyes en la misma cantidad que se siembran lechugas.

Una ley debe ser algo orgánico, que surja de la vida cotidiana del pueblo, por la acción de las fuerzas de la tradición y de la eficacia. Una norma jurídica debe posee una gran simetría, que se extienda tanto hacia los actos del pasado, como hacia los actos del futuro que ha de regir. La simetría engendra belleza y la belleza la verdad. Este es el método que siguen los grandes matemáticos y físicos. Estas ciencias son las que más se aproximan al pensamiento de los Dioses, en cuanto rigen con exactitud y sin excepciones, el comportamiento de la materia y la energía, desde el quark a los grupos de galaxias.

Si este es el procedimiento que siguen las mentes más lúcidas, ¿no deberá regirse la sociedad por leyes eternas e inmutables? Podrá objetarse que las sociedades cambian, evolución o más bien en nuestro caso involucionan. Si una ley es verdadera, no puede caducar. La ley debe ser lo suficientemente abstracta para poderse aplicar a cualquier época y grupo humano, una ley así merecería el honroso nombre de Ley. Pero lo que producen nuestros parlamentos son productos de consumo, de usar y tirar, fundados en intereses partidistas y demagógicos. Si los políticos, tan ecologistas como dicen ser, se guiasen por los principios científicos y filosóficos del ecologismo, entonces no querían contaminar la mente y las conductas humanas con preceptos que caducan a los pocos años, que generan continuos conflictos con otras normas y hacen la vida del ciudadano tan poco intuitiva, tan artificial y tan amoral.

Ya lo decía Platón, nada más deleznable que un sofista, un ser que retuerce la lógica con circunloquios para conseguir el voto y gobernar como un tirano. ¿Dónde encontramos el contrapunto a tanta contra natura? Primeramente en la tradición, pues la tradición alberga las normas que guiaron a nuestros antepasados y han moldeado nuestro espíritu. El segundo principio es de finalidad: el pragmatismo y la eficacia que posibiliten a la sociedad evolucionar hacia un ser orgánico más capaz para afrontar los retos que nos acerquen a nuestros Dioses. En conclusión, las sociedades europeas se guían por la gloria, desde la Grecia Clásica hasta el Reino Unido del siglo XIX. A nuestros antepasados les daba pavor cambiar una Ley, aunque fuese una coma. Los germanos se rigieron por los mismos principios jurídicos durante milenios, como antes hicieron los romanos y los griegos. Fueron los políticos, en su afán de tiranizar al pueblo los que comenzaron con el peligroso juego de creerse dioses y construir sociedades a su capricho, sin fundamentarse en la Naturaleza; pues una misma naturaleza es la que alienta al hombre y la que encontramos en los bosques, en los ríos, en las montañas, en los océanos, en las inmensidades galácticas, etc.

Aplicando una analogía, una figura que usan continuamente nuestros juristas, a cada momento o instante de la evolución de la sociedad le corresponde una “matriz social” que es el argumento de la Ley, la cual da como resultado la expresión de la legalidad en cada momento. Una misma Ley dará lugar a respuestas distintas en cada momento, pues la sociedad no es la misma, pero la Ley es en sí misma invariante y eterna. Este es nuestro ideal, algunos objetarán, por ser completamente platónico, pero las matemáticas y la física han demostrado que el cosmos se rige por leyes eternas e inmutables (aunque pueden producir efectos diferentes en momentos distintos). La humanidad no puede ser una excepción. Mientras los juristas y los políticos continúen despreciando la ciencia, la tradición y la finalidad propias de las sociedades europeas, los europeos seguiremos esclavizado por la contra natura.

El derecho visigodo era en sus orígenes oral y consuetudinario. Al ser oral, solo unos pocos hombres poseídos por el Espíritu de los ancestros podían aplicar rectamente la ley. ¿Qué es hoy en día un abogado? Una persona que tuerce la ley para beneficio, en el mejor de los casos de su cliente. ¿Qué es un fiscal? Una persona que tuerce la ley, en el mejor de los casos para beneficio de la colectividad. ¿Qué es un físico? Una persona que aplica las Leyes inmutables de la Naturaleza, tal cual son, pues sí las tuerce, el cálculo será erróneo y solo engendrará hilaridad en el mejor de los casos o muerte y destrucción cuando las energía implicadas sean grandes. Los jueces interpretan la ley, es decir la subjetivan. Prueba que por sí misma basta para demostrarnos lo bajo que ha caído el sistema jurídico actual. Así vemos como la inseguridad jurídica se ha instaurado en nuestras sociedades, posibilitando que los facinerosos encuentren los recovecos legales, que solo el dinero y las influencias iluminan para quedar impunes ante sus delictivas vidas. Esta sin razón no se podía dar en los sistemas jurídicos indoeuropeos, pues de nada valía la oratoria, ni la violencia de los sofismas.

Nuestros antepasados basaban la justicia en la libertad de su Sippe (estirpe). La Sippe constituía la piedra angular de la sociedad y por ende de la justicia. El concepto de Sippe hace referencia al conjunto de personas descendientes por línea masculina de un personaje relevante al cual se honra como un gran padre (héroe). La Sippe constituye un linaje que legalmente está capacitado para actuar ante una ofensa o daño de forma conjunta y coordinada para su más eficaz defensa. Los miembros de la Sippe, ligados por la fuerza de la sangre deben responder solidariamente ante las agresiones exteriores. La Sippe están liderada por el Munt, similar al pater familias romano, pero con más amplias facultades. Nuestros antepasados podían optar por tipos de acciones legales. El primero, propio de los tiempos heroicos, la Blutrache consistía en reparar el daño sufrido por el miembro de la Sippe causándole el mismo daño. El segundo era la Wergeld, que consistía en una reparación monetaria.

La Blutrache corresponde a una época en la que solo se miraba al honor y a la honra, conceptos que en nuestra patria dirigieron la sociedad hasta la llegada de la dinastía Borbón. Al producirse una agresión, la Sippe respondía como un organismo vivo, como un solo hombre. Todo el linaje buscaba al agresor para vengar el injusto daño sufrido por su pariente. Si a causa de la agresión había quedado manco, cojo, tuerto; el agresor sabía que el mismo daño le sería causado, solo era cuestión de tiempo. Este principio jurídico imprimía en los godos y en todos los pueblos germánicos un tremendo respeto por la integridad física de las personas. Toda persona era respetada por mor de sufrir idéntico daño. Hoy en día una persona atropella a otra y la deja tullida, el seguro de responsabilidad civil cubre una indemnización y un buen abogado permitirá al infractor disfrutar de una vida plácida y segura. ¿No es más justo que el causante de un daño físico grave sufra en sus carnes, aunque sea de forma más leve el dolor que ha producido? Podríamos pensar, con criterio economicista que tener dos tullidos sería más gravoso para las arcas públicas. ¿Dónde está la dignidad del damnificado? ¿En recibir un cheque y vivir como un tullido?, mientras el infractor disfruta de la impunidad. A cualquier persona de estirpe goda esta aberración le quema sus entrañas. No cabe duda que la persona damnificada tiene derecho a una reparación que le permita vivir, su ya miserable existencia con la mayor dignidad y honor. Mas el infractor, que en sí es un criminal, aunque la ley actual no lo considera así, debe sentir en sus carnes algo del dolor que su conducta irresponsable generó. Unos latigazos en la plaza pública servirían de advertencia, que la integridad física de una persona no se compra con un cheque. La cárcel, es una reparación, mas si en ella el criminal vive del erario público sin trabajar, entonces se ha vuelto a pervertir la justicia; beneficiando de una prebenda que para sí desearían muchos de los pobres y desocupados que el actual sistema económico genera. Si el daño causado era la muerte, entonces la Sippe actuaba con el máximo vigor, invocando la Faida. La venganza de sangre era aplicada siempre bajo la estricta proporcionalidad.

La Wergel, constituía una acción legítima, más segura, sin heroísmo y en definitiva no aumentaba la honra de la Sippe, como sin duda lo hacia la Blutrache. La Sippe agredida o dañada renunciaba a la Blutrache a cambio de una compensación económica. Los ricos podrían por tanto dañar a capricho, a condición de indemnizar al afectado. En nuestros días una bofetada que no generó marcas ni precisó intervención facultativa fue castigada con 90 euros en una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 2ª, del 16/01/2018. Si el maltratador además de reparar el daño en la dignidad del agredido, recibiese una torta de un funcionario público (verdugo), se pensaría más su conducta. Nuestros ancestros, en su sabiduría llegaron a combinar una Blutrache leve (castigo físico sin dejar secuelas) que resarcía la dignidad moral de la persona con la capacidad reparadora de la Wergel que permitía cuidados médicos.
La indemnización económica como reparación al daño es necesaria, pero a nuestro parecer, nuestros antepasados al aplicar castigos corporales leves aumentaban el poder disuasorio de la justicia. La indemnización variaba en función del estatus de la persona ofendida o dañada. Los alamanes, por ejemplo estipularon que si la persona dañada era una mujer la indemnización debería ser el doble que para un hombre del mismo estatus. Los anglosajones en su derecho establecieron el pago de 200 monedas como indemnización de una persona libre (two hynde man); por la muerte de un noble se debería pagar entre 600 y 1200 monedas (six-hynde man a twelve-hynde man).

La justicia del rey aplicaba la pena capital en tres supuestos: la traición, la deserción y la infamia corporal. Este último supuesto comprendía la violación y la homosexualidad. Los culpables de traición o deserción eran ahorcados públicamente. En cambio los culpables de infamia corporal eran ahogados en un pantano, por considerarse más repulsivo su crimen y por lo tanto no debía ser visible el castigo.

El hermanamiento de sangre era común entre los visigodos y el resto de germanos. Por medio de un juramento, dos personas sin vínculos familiares se hermanaban. Este vínculo se consideraba sagrado y era tan respetado como la hermandad biológica. Con el fin de producir efectos similares a la hermandad biológica, ambos hermanos de sangre practicaban incisiones, juntando las heridas para que la sangre de un hermano circulara por las venas del otro.

El Juicio por Duelo fue otro de los conceptos jurídicos germánicos que se introdujo en las sociedades europeas y perduró hasta la edad moderna. Los litigantes disputaban un combate a caballo o a pie. Al vencedor del combate se le otorgaba la razón en el pleito, suponiéndose la participación de algún Dios en su favor. Cuando no había testigos que apoyasen las declaraciones de las partes, el juicio por duelo fue una solución aplicada entre visigodos, lombardos, alamanes, francos, burgundios, suecos. Entre los anglosajones no era común.

Durante la guerra era común que cuando dos ejércitos se encontraban nivelados, el resultado se decidiera por la lucha de unos campeones, esto evitaba el derramamiento masivo de sangre y decidía que ejército se quedaba con el territorio en disputa.




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